El modelo teórico clásico y el neoclásico de prevención de la delincuencia representan la respuesta tradicional de prevención del delito. Estos modelos parten de las siguientes ideas claves:
- El único destinatario de los programas de prevención debe ser el infractor potencial.
- La prevención pasa por la disuasión y efecto inhibitorio de la pena.
- El medio adecuado para prevenir el delito debe ser la naturaleza penal.
- El mecanismo disuasivo es el mecanismo de prevención en sí mismo.
Modelo clásico
Se basa en el miedo a la situación de poder, de respuesta social, del Estado, de que el delito salga mal retribuido, etc. Se centra en la ley. Sobre todo, se centra en el miedo a la respuesta punitiva; es decir, su foco de atención se centra en la pena, en su rigor y su severidad.
No solo se centra en la pena implícita (condena de x años en prisión), sino también en la forma de cumplimiento de dicha pena (que se aumente el sentido punitivo de la pena). Observamos que el centro penitenciario de Barcelona de la Modelo sigue el modelo clásico (sistema panóptico para una mejor vigilancia y control de los presos), a diferencia del centro de Brians 2 (tiene estructuras pensadas para la rehabilitación y reinserción de los presos).
En este modelo, prevención, disuasión e intimidación se entienden de una misma forma y en un mismo sentido; para prevenir se sigue un método disuasorio (como por ejemplo poner más policía) y de intimidación. El modelo parte de la idea que intimidar de forma penal previene al infractor; se busca dar ejemplo a la población para que el mismo delito que se ha dado no vuelva a producirse basándose en la pena, en que no le sale a cuenta delinquir. Siempre se trata a la población como potencialmente delincuente/infractora.
¿En qué se basa?
Este modelo se basa en un perfil racional, siempre pensamos que el infractor es racional, es calculador, busca la oportunidad y cuenta con librarse siempre del castigo, por ello no se miran sus circunstancias, solo se mira el delito que ha cometido. A este modelo no le importa la situación del infractor ni las circunstancias que le han llevado a delinquir, simplemente busca saber qué ha hecho el delincuente para poder castigarlo. Hay un sentido puramente punitivo, no se piensa en rehabilitar, sino en castigar.
Se cree que la pena que realmente intimida es la que se ejecuta rápido, de forma implacable y que se percibe por la sociedad como justa y merecida. El aumento de la delincuencia se explica por la debilidad de la amenaza penal. Si no se consigue esta pena, la delincuencia aumenta porque los individuos, que son racionales, ven que podrán librarse del castigo y delinquen.
Modelo neoclásico
El modelo neoclásico se incluye en el clásico, a pesar que algunos creen que es una evolución del clásico. Su foco de atención es el funcionamiento del sistema legal y cómo lo percibe el infractor. El centro de la prevención ya no es la ley, se desplaza de la ley hacia el sistema legal; se desplaza de las penas hacia la eficacia del ordenamiento.
El efecto preventivo está asociado con el funcionamiento y la efectividad del sistema legal más que con el rigor de la pena. El aumento de la delincuencia se relaciona con los bajos rendimientos del sistema penal; es decir, los individuos delinquen más si el sistema penal tiene un bajo rendimiento. Es por esto, que la estrategia más eficaz para prevenir la delincuencia consiste en mejorar la infraestructura y dotar más al sistema legal. El delincuente desistirá de sus planes criminales al comprobar la efectividad de un sistema en perfecto estado de funcionamiento. Cuanta más inversión (en policía, en jueces, en prisiones…), más éxito.
EL SISTEMA JUDICIAL DE LOS PUEBLOS DE AMERICA LATINA, TIENE MUCHAS FALENCIA EN CUANTO A LA FORMA DE COMO SE LLEVA LA JUSTICIA, YA QUE SU SISTEMA ESTA MANIPULADO POR FISCALES, JUECES Y POLICIAS, POR OTRA PARTE DEBO INDICAR QUE SOLO VEN AL DELINCUENTE COMO UNA PERSONA QUE INFRINGIDO LAS LEYES, PERO NO EXISTE UN VERDADERO SEGUIMIENTO DE LOS HECHOS DONDE SE APRECIE CUAL FUERON LOS FACTORES QUE LO LLEVARON ADECUAR SU CONDUCTA A UNA INFRACCION, EN CUANTO A UNA REHABILITACION DEL SUJETO INFRACTOR NO EXISTE, LO QUE HACEN ES APLICAR LAS PENAS Y DEJARLOS A LA BUENA DE DIOS.