Los datos judiciales han sido una herramienta fundamental para los primeros investigadores en el campo de la criminología. Su análisis, que se remonta al siglo XIX, ha dado lugar al desarrollo de diversas teorías criminológicas basadas en estadísticas oficiales. Sin embargo, hasta 2007, la Administración de Justicia carecía de datos veraces sobre la delincuencia.
Disponibilidad de Datos Judiciales:
A partir de 1995, tanto el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) como la Fiscalía General del Estado comenzaron a recopilar memorias que se centraban en cuestiones funcionales y procesales, pero no incluían análisis estadísticos. Fue a partir de 2014 que el CGPJ empezó a disponer de acceso a bases de datos que recopilaban información sobre delitos denunciados y su procesamiento en el sistema judicial.
Fiabilidad y Validez de los Datos Judiciales:
Si bien los datos judiciales se consideran fiables, se reconocen como poco válidos para determinar la prevalencia de la delincuencia, ya que la mayoría de los delitos no llegan al conocimiento del sistema judicial penal. Estos datos se originan durante las investigaciones policiales y proporcionan información sobre investigaciones judiciales, tribunales, condenas y el tipo de sentencias impuestas.
Poderes del Estado y Origen de los Datos:
El Estado se compone de tres poderes: el legislativo, el judicial y el ejecutivo, todos ellos formando parte de la administración estatal. Las instituciones encargadas de proporcionar estos datos son la Fiscalía General del Estado y el Consejo General del Poder Judicial. Los datos judiciales son valiosos para analizar sentencias y jurisprudencias, así como para comprender el funcionamiento del sistema de justicia.
Sin embargo, es importante destacar que estos datos se refieren a una etapa previa a las penas y no son indicativos del nivel de delincuencia en la sociedad.
Inconvenientes y Mejoras Potenciales:
Los problemas asociados a los datos judiciales incluyen la categorización de delitos, la subrepresentación y la sobrerrepresentación de personas (principalmente a nivel policial y penitenciario), la duplicidad de diligencias para un mismo delito y la identificación de autores. Estos problemas podrían abordarse mediante una reorganización de los datos, pero requieren una reforma administrativa en la actuación de los Juzgados de Instrucción.
La informatización del registro y la unificación de la entrada de datos en todos los juzgados podrían evitar la duplicidad. Es importante mencionar que la concepción de la delincuencia cambió en el siglo XX con la introducción de datos no oficiales que cuestionaron el sistema de justicia penal y sugirieron que la delincuencia es un fenómeno normal en el que toda la sociedad está implicada.
Conclusiones:
El estudio de los datos judiciales ha sido esencial en la criminología, a pesar de sus limitaciones en términos de fiabilidad y validez. Estos datos son una herramienta valiosa para analizar la delincuencia aparente o descubierta, pero no proporcionan una imagen completa de la delincuencia en la sociedad. Su mejora requerirá reformas administrativas y una consideración más amplia de las fuentes de datos no oficiales en el análisis criminológico.
